El Congreso del Estado de Nuevo León aprobó una reforma a la Ley Estatal de Salud que permitirá a los prestadores de servicios de salud negarse a dar atención con base en sus creencias, por ejemplo, en el caso de abortos.
Con 35 votos a favor y seis en contra, el Congreso aprobó la reforma al artículo 48 de la ley estatal de salud, con lo que los médicos pueden alegar “objeción de conciencia” con base en principios “éticos o morales”.
La iniciativa de reforma la propuso el abril pasado Carlos Leal, legislador del Partido Encuentro Social (PES), quien pidió licencia desde septiembre pasado.
La objeción de conciencia, explicó la diputada María Guadalupe Rodríguez Martínez, es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando estos contradicen los propios principios “éticos o morales”.
Entre los legisladores que se opusieron a la reforma están los representantes de Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Movimiento Regeneración Nacional (Morena), quienes argumentaron que esta reforma se trata de “una práctica discriminatoria que afecta a los grupos más vulnerables y violenta el derecho constitucional fundamental de acceso a la salud”.