De manera sospechosa y entre claroscuros, frente a la crisis que se vive de Covid19 y económica, el presidente López Obrador publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación, donde se le dota de atribuciones extraordinarias de seguridad Pública a Ejercito y Marina para que entren en respaldo a las tareas que debería cumplir la Guardia Nacional.
A través del Diario Oficial de la Federación, el presidente hizo público el decreto, por el cual puntualiza que estará vigente hasta el 27 de marzo de 2024.
“Se ordena a la Fuerza Armada permanente a participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública a cargo de ésta última, durante el tiempo en que dicha institución policial desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial”.
El decreto establece que el Ejército y la Marina realicen las siguientes funciones contempladas en el artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional:
Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determine la legislación aplicable.
Salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio; garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos en:
- Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, con excepción de los marítimos, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, donde se actuará en auxilio y coordinación con las autoridades responsables.
- Los parques nacionales, las instalaciones hidráulicas y vasos de las presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos.
- Los espacios urbanos considerados como zonas federales, así como en los inmuebles, instalaciones y servicios de las dependencias y entidades de la Federación.
- Todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal, así como las instalaciones estratégicas, conforme a lo establecido por las leyes respectivas.
- En todo el territorio nacional, en el ámbito de su competencia; en las zonas turísticas deberán establecerse protocolos especializados para su actuación.
La Ley de la Guardia Nacional establece estas atribuciones que de acuerdo con el decreto, desde ahora también son aplicables a las fuerzas armadas:
- Informar a la persona, al momento de su detención, sobre los derechos que en su favor establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Poner a disposición de las autoridades competentes, sin demora, a personas y bienes.
- Realizar la detención de personas y el aseguramiento de bienes relacionados con hechos delictivos.
- Realizar el registro inmediato de la detención de las personas.
- Preservar el lugar de los hechos o del hallazgo, la integridad de los indicios, huellas o vestigios, así como los instrumentos, objetos o productos del delito, dando aviso de inmediato al Ministerio Público.
El regreso a las calles del Ejército y Marina va en contra de lo mismo expresado por López Obrador, quien en más de una ocasión se refirió a la estrategia de seguridad de sexenios pasados como golpes propagandísticos que se usaban en las crisis de seguridad.