Por 8 votos contra 3, los ministros del Pleno declararon inconstitucional los apartados de la Ley de Seguridad Nacional (LSN) y del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que prevén la medida cautelar más severa para los procesados por estos tres delitos.
El ministro #AlfredoGutiérrezOrtiz Mena se manifestó a favor de eliminar la cárcel preventiva en delitos “fiscales a modo”.
“El hecho de reconocer la importancia que innegablemente debe tener una eficaz recaudación #fiscal no es suficiente para justificar el objeto que persiguen normas impugnadas, cuanto más amplio el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, menos derechos humanos para el ciudadano inculpado; cuanto más amplia la categoría que habilita la ampliación de este catálogo en la ley secundaria, menos condiciones de materialización del principio de presunción de inocencia”, dijo Ortiz.