Este lunes, en el Senado de la República, aún y con el voto en contra del PAN, senadores del PRD absteniéndose y un PRI ausente, fue aprobado con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones el documento que avala la Ley de Amnistía.

A continuación, daremos una breve explicación de lo que este nuevo documento conlleva.

La Ley de Amnistía tiene como fin principal el otorgar “perdón” a personas procesadas o con sentencia, ante tribunales de orden federal, y que el delito que hayan cometido sea el primero, que no haya sido grave y solo si su proceso tuvo alguna irregularidad.

Tras su aprobación por el Senado, la propuesta fue enviada al ejecutivo para la ultima “palomeada” y que pueda ser ya publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Una vez publicada esta ley, el Consejo de la Judicatura tendrá 60 días para nombrar a los jueces especializados en amnistía que podrán otorgar el perdón.

El documento que se aprobó indica que los “posibles” beneficiados de la amnistía deben cumplir con tres condiciones: que la sentencia en firme que tenga el inculpado sea la primera; que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y, no se hayan utilizado o empleado armas de fuego.

Los delitos que podrían obtener el perdón son :

-Aborto: incluye a la mujer que interrumpió el embarazo, médicos, cirujanos, parteras y practicantes el procedimiento

-Delitos contra la salud, por posesión y transporte de narcóticos tratándose de personas en estado de vulnerabilidad

-Los cometidos por integrantes ellos pueblos indígenas a quienes no se haya garantizado el debido proceso

-Ante casos de robo simple sin violencia y no reincidente

-Para presos políticos condenados por sedición

Ya aprobada la ley y designados los jueces, las solicitudes de amnistía deberán ser resueltos en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la presentación de la misma.