La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos, revocó el acuerdo del Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral (INE), en el cual, se establecían los horarios para transmitir los promocionales de partidos políticos en los canales más vistos en México.
Por lo anterior, el Comité resolvió modificar el modelo de trasmisión pasando de un esquema de 3-3-3 (tres en la mañana, tres en la tarde y tres en horario nocturno) a uno de 3-2-4 (tres matutinos, dos vespertinos y cuatro nocturnos).
La Sala Superior fundamentó su determinación en que el Comité de Radio y TV excedió sus facultades, por lo que ordenó su inmediata revocación.
Las televisoras alegaban que, debido a que dichos promocionales estaban programados en tiempos donde había mayor audiencia, los perjudicaba en su programación y rating habitual.