Con el objetivo de crear una política de paridad en la representatividad y participación efectiva en la toma de decisiones legislativas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló a favor de un recurso interpuesto por la #BancadaCiudadana la cual obliga a los diputados locales a legislar en materia de paridad dentro de los ayuntamientos.
A pesar de que en los últimos meses ha existido mucha controversia en el tema de paridad de género dentro de Movimiento Ciudadano, parece ser que siguen con la postura de poder lograr su cometido de crear una verdadera paridad en el recinto legislativo, pues hace unas semanas propusieron ante el Congreso local una iniciativa con la finalidad de modificar la Ley para que las mujeres aseguren su participación en las decisiones y pueda haber una democracia de igualdad, lo que generaría un cambio trascendental en toda la comunidad de Nuevo León.
‘’Lo que hace unas semanas propusimos y en el H. Congreso del Estado de Nuevo Leon prefirieron regatear este derecho a las mujeres de Nuevo León, ahora será por mandato de la autoridad judicial. Nuestra postura es y será #ParidadTotal porque #SinMujeresNoHayDemocracia’’, dijo a través de redes sociales el Diputado Local, Horacio Tijerina.
Bajo el argumento de que la ley ampara a los partidos políticos (principio de autodeterminación) para la realización de las planillas, el Tribunal desechó la propuesta de la Comisión Estatal Electoral a fin de solicitar que los primeros puestos en las planillas fueran conformados bajo el principio de equidad de género, para garantizar paridad en la integración de los Cabildos.
Por lo que los partidarios de MC, presentaron un escrito para impugnar la resolución del Tribunal, con el cual consiguieron la determinación para legislar sobre la materia.
“La ilegal resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, en la que causa un agravio directo al desconocer la paridad de género evitando así que las planillas se integren de manera alternada entre hombres y mujeres, lo que inhibe la eficacia de la medida afirmativa constitucional y jurisprudencialmente dispuesta de prelación en favor de la mujer”, menciona el documento.