A partir de hoy quedará prohibida la exhibición de cigarros en todo México, por lo que en ningún establecimiento se pueden promocionar cajetillas o anunciar su venta, del mismo modo tampoco se puede fumar en tiendas mercantiles donde se vendan alimentos, bebidas o servicios.
En base al Reglamento de la Ley General para Control de Tabaco, se busca reducir y prevenir el consumo de cigarros, por lo que estos productos ya no se podrán exhibir libremente donde el consumidor pueda observarlos y tomarlos directamente.
Cabe mencionar, que de acuerdo con las reglas que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) solo se permitirá mostrar una lista de productos con sus precios, pero sin logotipos, sellos o marcas.
De este modo, la venta de los cigarros se realizará a través de una lista con los productos de tabaco y sus precios, pero sin incluir logotipos, sellos o marcas.
Lugares públicos en los que está prohibido fumar El reglamento prohíbe fumar o mantener encendidos los cigarrillos en espacios que son considerados de concurrencia colectiva.
* Patios
* Terrazas
* Balcones
* Parques de diversiones
* Área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes.
* Parques de desarrollo urbano.
* Deportivos
* Playas
* Centros de espectáculos y entretenimiento
* Canchas, estadios, arenas
* Plazas comerciales y mercados
* Hoteles
* Hospitales, centros de salud, clínicas médicas
* Sitios o lugares de culto religioso
* Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas,
* Paraderos de transporte