El CJF (Consejo de la Judicatura Federal) informó concretamente que la suspensión definitiva protege a Carlos Deschamps y dicen que fue otorgado aunque no hubiera orden de aprehensión, y debido a esto se guardó el “secreto” de que no había dicha orden.

Según lo que establece la ley de amparo, sólo se puede hacer suspensión definitiva cuando existe una orden de aprehensión o si alguna autoridad no responde al juez de amparo.

“Dicha medida se concedió porque varios de los jueces que el quejoso señaló como responsables no rindieron el informe previo que el Juez de Distrito solicitó, dentro del plazo perentorio que la Ley de Amparo establece”, fue lo que se explicó.

“De modo que, ante la ausencia de esos informes, de acuerdo a la propia legislación, el juzgador debe presumir ciertos los actos reclamados a las autoridades omisas y pronunciarse respecto de la suspensión solicitada; que es lo que hizo el juez de amparo”, fue como se expresó el Consejo.

“La misma resolución precisa que si el quejoso no comparece ante el juez que hubiese librado la orden de aprehensión dentro del plazo de tres días, la suspensión concedida dejará de tener efectos”, fue con lo que finalizó la CJF.