La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó por mayoría de votos la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada que determinó la inexistencia de la infracción consistente en el uso indebido de la pauta y la probable afectación al principio de equidad en el proceso de renovación de la dirigencia del Partido Acción Nacional, atribuible al partido y al dirigente nacional Marko Antonio Cortés.

Recordemos que Adriana Dávila Fernández, militante de Acción Nacional, presentó una queja contra el partido y Cortés Mendoza por la difusión de diversos promocionales relacionados con el proceso de renovación del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, al considerar que la exposición del líder nacional violaba el principio de equidad en la contienda del proceso interno.

Por su parte, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, determinó que el PAN actuó con falta de diligencia al no asegurar que el proceso de renovación de la dirigencia interna se desarrollara conforme al principio de equidad.