La reforma eleva las sanciones y establece responsabilidad para las empresas que contraten servicios de call center.
El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para endurecer las sanciones contra empresas que realicen llamadas comerciales o publicitarias sin autorización de los consumidores.
La modificación a los artículos 18 Bis y 127 plantea multas de entre 56 mil 570 pesos y 2 millones 345 mil 728 pesos, frente a las sanciones actuales, considerablemente menores.
La reforma también establece que las empresas serán responsables aunque recurran a terceros, como agencias o centros de llamadas, para realizar las comunicaciones comerciales.
El proyecto contempla además un Registro Público contra el Acoso Telefónico Comercial, en el que los consumidores podrán manifestar gratuitamente que no desean recibir publicidad.
Sin embargo, la medida todavía no entra en vigor: después de su aprobación en el Senado, el proyecto fue enviado a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.
