El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que la devolución del saldo a favor derivado de la Declaración Anual 2025 se realizará en un plazo máximo de 40 días hábiles, contados a partir de la fecha en que el contribuyente solicita la devolución y no desde la presentación de la declaración.
La aclaración surge luego de que múltiples contribuyentes, especialmente asalariados, externaran su inquietud en redes sociales al no ver reflejado el depósito de su devolución tras haber declarado en tiempo y forma, ante las dudas, el SAT respondió que si la solicitud es procedente, el dinero será depositado dentro del periodo estipulado.
Para dar seguimiento, el organismo fiscal invitó a los contribuyentes a revisar el estatus de su solicitud a través del portal oficial del SAT, ingresando con RFC y contraseña o e.firma en la sección “Estado de tu devolución”, ahí se puede verificar si la solicitud fue aceptada, está en revisión o fue rechazada.
El saldo a favor se genera cuando un contribuyente paga más impuestos de los que le corresponden, usualmente tras deducciones por gastos médicos, educativos, intereses hipotecarios, entre otros, el SAT recordó a los ciudadanos que es indispensable seleccionar la opción de devolución al presentar la declaración, de lo contrario, el depósito no se realizará, aunque exista saldo a favor.